Un contrato de arras es un documento legal que te permite reservar la compra de una casa. Imagina que encuentras la casa de tus sueños y estás dispuesto a comprarla.
Para que no se te escape, deberás hacer un contrato de arras, que no es más que un preacuerdo que obliga a ambas partes a firmar el contrato de compraventa de una propiedad.
¿Qué información consta en un contrato de arras?
Para reservar una casa adecuadamente, los interesados deberán firmar un contrato de arras válido. Este debe contener la siguiente información:
- Datos personales. En el contrato deben estar presentes todos los datos personales del comprador y del vendedor.
- Precio de venta. Deberá constar el precio de la transacción de la propiedad. Este precio es inamovible y no se podrá modificar en el contrato final.
- Paga y señal. Se debe especificar de cuánto constará la paga y señal a abonar en el momento de realizar el preacuerdo de reserva. Para evitar malentendidos, también se tendrá que especificar si este dinero se descontará del total de la venta o no.
- Información sobre la vivienda. Se deberá especificar todas las características de la vivienda, incluyendo dirección, referencia catastral y otra información relevante.
- Cargas e impuestos que pueden afectar a la propiedad.
- Fecha límite para finalizar la compraventa de la casa.
- Gastos de gestión. Deberá dejarse claro en el contrato de arras quién se encargará de los gastos de la compraventa de la vivienda
¿Cuándo se firma?
Este contrato se debe firmar lo antes posible, en cuanto hayas decidido comprar la casa, deberás formalizarlo. De otra forma, si no existe este preacuerdo legal y privado, el vendedor podrá vender la casa a otro comprador interesado. Para afianzar la casa de tus sueños, formaliza la reserva con este contrato lo más rápido posible.
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¿Quién debe firmarlo?
El contrato de arras debe estar firmado tanto por la persona que vende la casa como la parte compradora. Si la casa es comprada por una pareja, deberemos diferenciar entre:
- Matrimonio en régimen de separación de bienes. Ambos deberán firmar el preacuerdo, además, se deberá incluir los datos personales de las dos personas para que el documento sea válido.
- Matrimonio en régimen de gananciales. En este caso, con que el contrato sea firmado y documentado por uno de los miembros de la pareja será suficiente. Habrá que documentar que la firma está realizada en representación del matrimonio.
¿Cuánto hay que pagar en un contrato de arras?
La cantidad a pagar en el momento de formalizar un preacuerdo de compraventa de una propiedad oscila entre el 5 y el 15 % del precio final de la venta. Normalmente, esta paga y señal se descuenta del total del precio de la casa. También se deberá pagar el 10 % en concepto de IVA si la vivienda es de obra nueva.
Ejemplo: Precio Final de una casa de segunda mano: 200.000 €. Se acuerda una señal del 10 %. La cantidad a abonar será de 20.000 €. El abono final quedará en 180.000 €.
¿Qué tipo de contrato de arras existen?
En la actualidad existen tres tipos de contratos de arras:
- Penitencial o de desistimiento. Es el tipo de preacuerdo de compra más flexible. Ambas partes pueden echarse atrás de manera unilateral. Si es el comprador el que cancela la compra, perderá la paga y señal en su totalidad. Si por lo contrario, es el vendedor quién decide echar el freno, deberá pagar el doble de lo abonado por la reserva.
- Penal. Este tipo de contrato asegura la compraventa de la propiedad. Si cualquiera de las partes cancela la transacción, la otra parte tendrá derecho a cobrar la indemnización, además de poder elegir entre renunciar a la misma u obligar a la otra parte a cumplir el contrato. Un juez será el encargado de tomar la decisión final sobre la cantidad de la indemnización y la resolución de la compraventa.
- Confirmatorio. Es el preacuerdo más sencillo de todos. Confirma la compraventa de la vivienda y da garantía a ambas partes. En él se establecen los términos básicos de la reserva. En caso de incumplimiento de cualquiera de las partes, se podrá acudir a un juez para determinar las consecuencias para la parte que ha cancelado el contrato. La indemnización deberá ser dictada por el juez, no se activa de manera automática.
¿Se puede romper un contrato de arras?
Un contrato de arras se puede romper en cualquier momento, pero deberemos atenernos a las consecuencias impuestas en el mismo. Solamente es legal romper este tipos de preacuerdo cuando existe algún vicio oculto, es decir, existe algún daño importante en la vivienda que desconocíamos antes de firmar el contrato.
Si quieres reservar o vender una vivienda mediante contrato de arras, lo mejor es que pidas ayuda a un profesional para no llevarte una desagradable sorpresa. En Ecovip somos expertos en este tipo de preacuerdos de compraventa, contacta con nosotros y dejaremos todo bien atado.
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